Medios de Prueba en Venezuela: Confesión, Posiciones Juradas y Juramento
3 Informe
medios de prueba
Recomendaciones relacionadas
Otras obras del autor
Esquema/Contenido
Ver más
Actividad Académica: MEDIOS DE PRUEBA
Base Legal: Código Civil (CC) y Código de Procedimiento Civil (CPC)
Confesión
Definición y Concepto
Reconocimiento de un hecho propio, desfavorable a quien lo declara y favorable a la otra parte
Naturaleza Jurídica
Especie del género “Prueba de Declaración de Parte”
Excepcional: puede ser judicial o extrajudicial, expresa o tácita (confesión ficta)
Base Legal
CC: Artículos 1.401 al 1.413
CPC: Artículos 395 al 410
Mecanismo de Iniciativa
Voluntario: la parte confiesa espontáneamente
Provocado: mediante interrogatorio en posiciones juradas
Eficacia y Valor Probatorio
Prueba plena contra el confesante (salvo error de hecho o coacción)
Hace prueba contra su autor, no beneficia a terceros
Efectos del Silencio o Incomparecencia
Confesión ficta: si la parte citada no comparece o se niega a responder, se presume ciertos los hechos (CPC Art. 362)
Sujetos y Formalidades
Sujetos: el confesante (parte) y el tribunal
Formalidades: debe ser clara, consciente y libre; no admite términos equívocos
Posiciones Juradas
Definición y Concepto
Interrogatorio judicial bajo juramento, donde una parte pregunta a la otra sobre hechos personales
Naturaleza Jurídica
Especie del género “Confesión”
Mecanismo procesal para obtener una confesión provocada
Base Legal
CPC: Artículos 395 al 410 (específicamente 401-403)
CC: Artículo 1.404 (confesión judicial)
Mecanismo de Iniciativa
Provocado: una parte solicita al tribunal que cite a la otra para absolver posiciones
Voluntario: no existe; es siempre a instancia de parte
Eficacia y Valor Probatorio
Si la parte absuelve y confiesa, tiene valor de prueba plena (confesión judicial)
Si responde evasivamente o niega sin prueba, el juez puede valorarlo como indicio
Sujetos y Formalidades
Sujetos: el absolvente (parte interrogada) y el tribunal; pueden estar presentes abogados
Formalidades: preguntas claras y concretas, máximo 20 (CPC Art. 403); juramento previo; plazo de espera de 30 minutos si no comparece (CPC Art. 400)
Efectos del Silencio o Incomparecencia
Si no comparece sin justa causa, se aplica confesión ficta (CPC Art. 362)
Si se niega a responder, el juez puede tener por confesados los hechos preguntados
Juramento (como medio de prueba)
Definición y Concepto
Declaración solemne de una parte o testigo, afirmando la verdad de un hecho, con valor probatorio limitado y excepcional
Naturaleza Jurídica
Género: prueba de declaración de parte o testigo
Especie: juramento decisorio o supletorio (en Venezuela, muy restrictivo)
Excepcional: solo aplica en casos previstos por ley (ej. juramento estimatorio)
Base Legal
CC: Artículos 1.414 al 1.416 (juramento decisorio)
CPC: Artículos 411 al 413 (juramento deferido)
Mecanismo de Iniciativa
Deferido: una parte exige que la otra jure sobre un hecho, y si jura, se da por probado
Voluntario: no es común; se requiere acuerdo o autorización judicial
Eficacia y Valor Probatorio
Prueba plena si el juramento es decisorio y la parte lo presta (pone fin al litigio sobre ese punto)
Indicio si es supletorio o dudoso
El juramento estimatorio solo sirve para cuantificar daños, no para probar la existencia
Sujetos y Formalidades
Sujetos: la parte que jura y el tribunal
Formalidades: juramento ante el juez, con fórmulas solemnes; no admite preguntas (es una afirmación unilateral)
Efectos del Silencio o Incomparecencia
Si la parte citada no comparece a jurar, se pierde el derecho a contradecir (se da por cierto el hecho)
Si se niega a jurar, se tiene por confesado el hecho (efecto similar a confesión ficta)
0 Comentarios
Página siguiente